Términos y condiciones generales
Artículo 1. Definiciones
A los efectos de estos términos y condiciones, las definiciones indicadas en mayúsculas tienen el siguiente significado:
Práctica administrativa: DKB-Finance B.V.;
Documentos: toda la información o los datos proporcionados por el Cliente al Contratista, estén o no contenidos en soportes (des) físicos, incluidos, entre otros, papel, CD-ROM, discos duros, correo electrónico y entornos digitales, estén o no alojados en terceros, así como todos los datos creados o recopilados por el Contratista en el contexto de la ejecución de la cesión/acuerdo, estén o no contenidos en soportes (des) materiales, incluidos, entre otros,: papel, CD-ROM, discos duros, correo electrónico y entornos digitales, estén o no alojados en terceros las partes, así como cualquier otra información relevante para la ejecución o finalización de la Cesión, ya sea que esté contenida o no en los soportes de (im) material;
Cesión o acuerdo: el acuerdo de cesión, en el que el contratista se compromete a realizar ciertas actividades para el cliente; cliente: la persona física o jurídica que ha dado instrucciones al contratista para que realice el trabajo;
Contratista: Práctica administrativa que ha aceptado la asignación. Todas las órdenes son aceptadas y ejecutadas exclusivamente por la Práctica Administrativa, y no por parte de un empleado individual ni en su nombre, independientemente de si el Cliente ha otorgado la cesión expresa o implícitamente para que la ejecute un empleado o personal específico. Se excluyen expresamente los artículos 7:404, 7:407, párrafo 2, y 7:409 del Código Civil holandés;
Empleado: una persona física que trabaja en el contratista o está asociada con él, ya sea bajo un contrato de trabajo o no;
Actividades: Todas las actividades que el Contratista debe llevar a cabo para el Cliente y que han sido solicitadas y que han sido aceptadas por el Contratista, así como todas las actividades resultantes de las mismas para el Contratista.
Artículo 2. Aplicabilidad
Estos términos y condiciones generales se aplican a: todas las ofertas, pedidos, relaciones legales y acuerdos, cualquiera que sea su nombre, en los que el contratista se compromete o se comprometerá a realizar trabajos para el cliente, así como a todas las actividades que resulten de ello para el contratista.
Las desviaciones y adiciones a estos términos y condiciones generales solo son válidas si se han acordado expresamente por escrito, por ejemplo, en un acuerdo (escrito) o confirmación de pedido. En caso de que estos términos y condiciones generales y la confirmación del pedido contengan términos y condiciones contradictorios, se aplicarán los términos incluidos en la confirmación del pedido. El contratista rechaza expresamente la aplicabilidad de los términos y condiciones generales del Cliente.
El pedido/acuerdo subyacente, junto con estos términos y condiciones generales, reflejan los acuerdos completos entre el cliente y el contratista con respecto a las actividades para las que se ha celebrado el acuerdo. Todos los acuerdos o propuestas anteriores realizados entre las partes a este respecto caducarán.
Artículo 3. Información del cliente
El Cliente está obligado a poner a disposición del Contratista todos los Documentos que el Contratista considere necesarios para la correcta ejecución de la Cesión otorgada, (a) en la forma deseada, (b) de la manera deseada y (c) de manera oportuna. El contratista determina qué debe entenderse por la forma deseada, de la manera deseada y de manera oportuna. El Cliente garantiza la precisión y fiabilidad de los documentos proporcionados por él, incluso si provienen de terceros, a menos que la naturaleza de la cesión indique lo contrario.
El contratista tiene el derecho de suspender la ejecución de la asignación hasta que el cliente haya cumplido con las obligaciones establecidas en los párrafos 1 y 2.
El Cliente indemniza al Contratista por los daños resultantes de documentos incorrectos o incompletos. Los costos adicionales y las horas adicionales en que incurra el contratista, así como otros daños, correrán por cuenta y riesgo del Cliente debido a que el Cliente no haya proporcionado los documentos necesarios para la ejecución de las Actividades, de manera oportuna o inadecuada.
A la primera solicitud del Cliente, el Contratista devolverá al Cliente los Documentos originales proporcionados por el Cliente.
Artículo 4. Ejecución de la orden
El contratista ejecuta la asignación de la mejor manera posible y de conformidad con las normas legales aplicables. El contratista determina cómo se ejecuta la asignación y qué empleado (s). El contratista tiene derecho a que un tercero lleve a cabo el trabajo para ser nombrado por el contratista.
Artículo 5. Reglamentación
El Cliente siempre coopera plenamente con las obligaciones que se derivan para el Contratista de la normativa aplicable. El Cliente es consciente de que las leyes y reglamentos aplicables pueden exigir al Contratista, incluidas, entre otras, que denuncie ciertas transacciones, descritas en esas leyes y reglamentos y que se den a conocer durante la ejecución de sus Actividades, a las autoridades creadas para tal fin por el gobierno; según las leyes y reglamentos aplicables, en determinadas situaciones, tendrá que hacerlo; según las leyes y reglamentos aplicables, es posible que se le pida que investigue al Cliente o al cliente (la identidad del). El Contratista excluye cualquier responsabilidad por los daños que se produzcan al Cliente como resultado del cumplimiento por parte del Contratista de las leyes y reglamentos (profesionales) que le sean aplicables.
Artículo 6. Propiedad intelectual
La ejecución de la asignación por parte del contratista no implica la transferencia de los derechos de propiedad intelectual que son propiedad del contratista. Todos los derechos de propiedad intelectual que surjan durante la ejecución de la Cesión o que surjan de ella pertenecen al Contratista.
Se prohíbe expresamente al Cliente reproducir, divulgar o explotar los productos que contienen los derechos de propiedad intelectual del Contratista, o los productos que están sujetos a derechos de propiedad intelectual con respecto a cuyo uso el Contratista ha adquirido derechos de usuario, incluidos, en este contexto, en cualquier caso, entre otros: programas de computadora, diseños de sistemas, métodos de trabajo, consejos, contratos (modelo), plantillas, macros y otros productos intelectuales.
El Cliente no está autorizado a entregar los productos mencionados en el párrafo 2 a terceros sin el consentimiento previo por escrito del Contratista, excepto para obtener una opinión pericial sobre el desempeño de las Actividades por parte del Contratista. En ese caso, el Cliente impondrá sus obligaciones en virtud del presente artículo a los terceros contratados por él.
Artículo 7. Fuerza mayor
Si las partes no pueden cumplir las obligaciones en virtud del acuerdo, de manera oportuna o adecuada como resultado de un caso de fuerza mayor en el sentido del artículo 6:75 del Código Civil holandés, esas obligaciones se suspenderán hasta que las partes aún puedan cumplirlas de la manera acordada. En caso de que se produzca la situación a la que se refiere el párrafo 1, las partes tienen derecho a rescindir el acuerdo por escrito, total o parcialmente y con efecto inmediato, sin derecho a compensación alguna.
Artículo 8. Tarifas
El trabajo realizado por el contratista se cobrará al cliente en función del tiempo empleado y los costos incurridos. Además de la tarifa, correrán a cargo del Cliente los gastos incurridos por el Contratista y las facturas de los terceros contratados por el Contratista.
El contratista tiene el derecho de solicitar un pago anticipado al cliente. Si las tarifas o los precios cambian después de la conclusión del Acuerdo, pero antes de que la Cesión se ejecute por completo, el Contratista tiene derecho a ajustar la tarifa acordada en consecuencia.
La tarifa, incrementada si es necesario por anticipos y facturas de terceros contratados y por los gastos incurridos, se cobrará mensualmente. Todos los montos adeudados por el Cliente al Contratista se cobrarán por separado, si así lo exige la ley.
Artículo 9. Pago
El pago por parte del Cliente de las cantidades adeudadas al Contratista debe realizarse dentro de los 14 días siguientes a la fecha de la factura, a menos que se acuerde lo contrario, sin que el Cliente tenga derecho a ninguna deducción, descuento o liquidación. El día del pago es el día en que se acredita el importe adeudado en la cuenta del contratista. Si el Cliente no ha pagado en el plazo especificado en el párrafo 1, o en otro período acordado entre las partes, el Cliente incurre en mora por ley y el Contratista tiene derecho a cobrar los intereses legales (comerciales) a partir de ese momento.
Si el Cliente no ha pagado dentro del período especificado en el párrafo 1, el Cliente está obligado a reembolsar todos los costos judiciales y extrajudiciales (de cobro) incurridos por el Contratista. El reembolso de los costos incurridos no se limita a los costos determinados por el tribunal. En caso de que se conceda una cesión conjunta, los clientes son responsables solidariamente del pago del importe de la factura y de los intereses y costes adeudados, en la medida en que las actividades se hayan realizado para los clientes conjuntos.
Si, en opinión del contratista, la situación financiera o el comportamiento de pago del cliente dan motivos para hacerlo, o si el cliente no paga un anticipo o una factura dentro del período de pago especificado, el contratista tiene derecho a exigir al cliente que proporcione una garantía (adicional) de inmediato en la forma que determine el contratista. Si el Cliente no proporciona la garantía solicitada, el Contratista tiene derecho, sin perjuicio de sus otros derechos, a suspender inmediatamente la ejecución del acuerdo y todo lo que el Cliente le deba al Contratista por cualquier motivo se vence y se paga de inmediato.
Artículo 10. Límites de tiempo
Si el Cliente y el Contratista han acordado un plazo/fecha dentro del cual debe ejecutarse la Cesión y el Cliente no: (a) realiza un pago anticipado, si así lo acuerda, o (b) no pone a disposición los documentos necesarios de manera oportuna y completa, el Cliente y el Contratista consultarán sobre un nuevo plazo/fecha dentro del cual se debe ejecutar la Cesión.
Los términos dentro de los cuales deben completarse las Actividades solo pueden considerarse como una fecha límite si así lo han acordado expresamente el Cliente y el Contratista.
Artículo 11. Responsabilidad e indemnizaciones
El contratista no es responsable de los daños sufridos por el cliente que se produzcan porque el cliente ha proporcionado documentos incorrectos o incompletos al contratista.
El contratista no es responsable de ninguna pérdida comercial consecuente o daño indirecto que resulte de la falla, el retraso o el desempeño incorrecto del contratista. El contratista solo será responsable ante el Cliente por los daños que sean el resultado directo de una (serie relacionada de) deficiencias atribuibles a la ejecución del encargo. Esta responsabilidad se limita a la cantidad que, según la aseguradora de responsabilidad del contratista, se pagará en el caso correspondiente, más cualquier deducible que asuma el contratista en virtud del seguro.
Si, por cualquier motivo, la aseguradora de responsabilidad civil no paga, la responsabilidad del contratista se limita al importe de la tarifa cobrada por la ejecución de la asignación. Si la cesión se refiere a un acuerdo de ejecución continua con un plazo de más de un año, el importe mencionado anteriormente se fijará en tres veces el importe de la tarifa que se cobró al Cliente en los doce meses anteriores a la aparición del daño. En ningún caso, la compensación total por los daños en virtud de este artículo superará los 150 000€ por evento, cuando una serie de eventos relacionados cuente como un solo evento, a menos que, dado el tamaño de la asignación o los riesgos asociados con la asignación, las partes vean motivos para desviarse de este máximo al celebrar el acuerdo.
Las limitaciones de responsabilidad incluidas en este artículo no se aplican si y en la medida en que haya intención o imprudencia deliberada por parte del contratista o su dirección. El Cliente está obligado a tomar medidas de control de daños.
El Cliente indemniza al Contratista contra las reclamaciones de terceros por los daños causados por el Cliente no haber proporcionado ningún documento, incorrecto o incompleto al Contratista. El Cliente indemnizará al Contratista contra las reclamaciones presentadas por terceros (incluidos los empleados del Contratista y los terceros contratados por el Contratista) que sufran daños en relación con la ejecución del encargo como consecuencia de las acciones u omisiones del Cliente o de situaciones inseguras en su empresa u organización.
Artículo 12. Terminación
El cliente y el contratista pueden rescindir el acuerdo (prematuramente) en cualquier momento sin observar un período de preaviso. Si el contrato finaliza antes de que se complete la cesión, el cliente debe pagar la tarifa de acuerdo con las horas especificadas por el contratista para las actividades realizadas en nombre del cliente. La rescisión debe hacerse por escrito. Si el Cliente ha realizado una cancelación (provisional), el Contratista tiene derecho a una compensación por la pérdida de ocupación causada y plausible por su parte, así como a una compensación por los costos adicionales en los que ya haya incurrido el Contratista y los costos derivados de cualquier cancelación de terceros contratados (como, entre otras cosas, cualquier costo relacionado con la subcontratación). Si el Contratista ha realizado una cancelación (provisional), el Cliente tiene derecho a la cooperación del Contratista para transferir el trabajo a terceros, a menos que sea intencional o deliberado imprudencia por parte del Cliente, que obligó al Contratista a rescindir. La condición para ejercer el derecho a la cooperación, tal como se establece en este párrafo, es que el Cliente haya pagado todos los anticipos pendientes o todas las facturas pendientes.
Artículo 13. Derecho de suspensión
Tras una cuidadosa consideración de los intereses, el Contratista está autorizado a suspender el cumplimiento de todas sus obligaciones, incluida la emisión de documentos u otros artículos al Cliente o a terceros, hasta que se hayan pagado en su totalidad todas las reclamaciones vencidas y pagaderas contra el Cliente.
El primer párrafo no se aplica a los documentos del cliente que (aún) no hayan sido procesados por el contratista.
Artículo 14. Periodo de caducidad
A menos que se disponga lo contrario en estos términos y condiciones generales, los derechos de acción y otros poderes del Cliente contra el Contratista por cualquier motivo en relación con la ejecución del Trabajo por parte del Contratista caducan, en cualquier caso, después de un año después de que el Cliente tuviera conocimiento o pudiera tener conocimiento razonable de la existencia de estos derechos y poderes. Este período no incluye la posibilidad de presentar una reclamación ante las autoridades competentes encargadas de tramitar las reclamaciones y/o ante la Junta de Controversias.
Artículo 15. Comunicación electrónica
Durante la ejecución de la Asignación, el Cliente y el Contratista pueden comunicarse entre sí por medios electrónicos a solicitud del Cliente. El Cliente y el Contratista no son responsables entre sí por los daños que puedan derivarse de uno o alguno de ellos como resultado del uso de medios de comunicación electrónicos, incluidos, entre otros, los daños resultantes de la falta de entrega o el retraso en la entrega de las comunicaciones electrónicas, la interceptación o manipulación de las comunicaciones electrónicas por parte de terceros o por el software/equipo utilizado para enviar, recibir o procesar comunicaciones electrónicas, la transmisión de virus y la falla o el funcionamiento incorrecto de la red de telecomunicaciones u otros medios de comunicación electrónica, excepto en la medida en que el daño sea el resultado de una intención o negligencia grave. Tanto el Cliente como el Contratista harán o dejarán de hacer todo lo que razonablemente se espere de cada uno de ellos para evitar que se produzcan los riesgos anteriores. Los registros de los sistemas informáticos del remitente proporcionan pruebas convincentes de (el contenido de) la comunicación electrónica enviada por el remitente hasta que el destinatario demuestre lo contrario.
Artículo 16. Otras disposiciones
Si el contratista realiza el trabajo en la ubicación del Cliente, el Cliente se asegurará de un lugar de trabajo adecuado que cumpla con las normas legales de salud y seguridad y otras regulaciones aplicables con respecto a las condiciones de trabajo. En ese caso, el Cliente debe asegurarse de que el contratista disponga de espacio de oficina y otras instalaciones que, en opinión del contratista, sean necesarias o útiles para ejecutar el acuerdo y que cumplan con todos los requisitos (legales). Con respecto a las instalaciones (informáticas) disponibles, el Cliente está obligado a garantizar la continuidad, incluso mediante procedimientos adecuados de respaldo, seguridad y control de virus. El contratista utilizará procedimientos de control de virus cuando utilice las instalaciones del cliente. El cliente no contratará ni contactará a ningún empleado que participe en la realización de las actividades para unirse al cliente, ya sea de forma temporal, directa o indirecta, ni para trabajar directa o indirectamente para el cliente, esté empleado o no, durante la vigencia del Acuerdo o cualquier extensión del mismo y durante los 12 meses siguientes.
Artículo 17. Ley aplicable y elección del foro
El Acuerdo se rige por la ley holandesa.
Todas las disputas serán resueltas por el tribunal competente del distrito donde se encuentra el contratista.
Artículo 18. Cláusulas de reparación de nulidades
Si alguna disposición de estos términos y condiciones o del Contrato/Acuerdo subyacente fuera total o parcialmente nula, inválida o inaplicable, como resultado de cualquier disposición legal, orden judicial o de otro modo, esto no afectará a la validez de todas las demás disposiciones de estos términos y condiciones o del Contrato/Acuerdo subyacente. Si alguna disposición de estos términos y condiciones o del Contrato/Acuerdo subyacente no es válida por cualquier motivo, tal como se prevé en el párrafo anterior, pero sería válido si tuviera un alcance o alcance más limitado, entonces esto la disposición se aplicará, en primer lugar, automáticamente con el alcance limitado o el alcance más amplio o de mayor alcance con el que sea válida o en el que sea válida.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 2, las partes podrán, si lo desean, consultarse para acordar nuevas disposiciones que sustituyan a las disposiciones inválidas o anuladas. Esto se ajustará en la medida de lo posible a la finalidad y el alcance de las disposiciones inválidas o anuladas.